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miércoles, 30 de noviembre de 2011
¿Cómo pueden cotizar los antiguos becario? PUES DE SU PROPIO BOLSILLO
¿Por qué Diego Torres es un motivo de inspiración?
Después de leer el texto del nuevo derecho de cotización de los becarios se llega a la conclusión de que Diego Torres el chorizo-doctor es un ejemplo a seguir y el último que apague la luz
¿Como pueden cotizar los antiguos becarios? PUES MUY SENCILLO: PAGÁNDOSE DE SU BOLSILLO SU COTIZACIÓN.
En este colectivo se hace una excepción a la regla general que en Seguridad Social impide poder realizar cotizaciones a posteriori, de forma que se recuperen periodos de tiempo ya pasado. Para los becarios anteriores a la reforma se les permite “recuperar” hasta 2 años de cotización por las becas que desarrollaron en el pasado, y con independencia de cuánto tiempo haga de ello. La condición de antiguo becario podrá acreditarse mediante la correspondiente certificación de la empresa o entidad que la financio o, si ello no es posible, utilizando cualquier medio valido en derecho (cartas de aceptación, recibos, etc.) La fórmula para “recuperar” estas cotizaciones será mediante la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social que financiara el propio beneficiario. Se podrá solicitar la “recuperación” de estas cotizaciones hasta el 31 de diciembre de 2012 en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social. La base de cotización será la base mínima del Régimen General del ano en el que se desarrollo la beca. La cuota a ingresar en el convenio especial se calculara mediante la aplicación de un coeficiente reducido (se pagara el 77% de la cuota general), y el abono podrá realizarse mediante un pago único o mediante un pago fraccionado en un número máximo de mensualidades igual al doble de aquellas por las que se formalice el convenio. Es decir, que el abono de 2 anos de cotización podrá fraccionarse hasta en 48 mensualidades. El pago fraccionado no supondrá recargo ni intereses de ningún tipo. En cualquier caso, y aunque este nuevo derecho supone un avance en la protección social de todos los becarios, existe una importante diferencia entre las cuotas a pagar por la empresa de los becario actuales y cuando se recuperan cotizaciones de becas anteriores a la reforma. El coste de estos convenios especiales estará en función de la base de cotización que hubiese establecida en el ano en el que se produjo la beca, según el siguiente cuadro:
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